Primer caso de violencia vicaria en Coahuila vincula a mujer a proceso

Un juez de control determinó que hubo uso de menores para causar daño emocional al padre; la defensa impugnará la resolución.

Culiacán, Sinaloa.- Redacción de: Soy Sinaloa

Un juez en Saltillo, Coahuila vinculó a proceso a una mujer por violencia familiar en su modalidad de violencia vicaria, tras acusaciones de usar a sus hijos para afectar emocionalmente al padre.

Por primera vez en Coahuila, una autoridad judicial vinculó a proceso penal a una mujer por el delito de violencia vicaria.

El 27 de enero de 2026, un juez de control en Saltillo dictó la vinculación a proceso contra Stella “N” por violencia familiar en su modalidad de violencia vicaria, luego de una audiencia prolongada en la que la Fiscalía General del Estado presentó datos de prueba.
De acuerdo con la acusación, la mujer habría utilizado a sus hijos para causar daño emocional a su expareja, identificada como Jhonny Robles, al negar reiteradamente el contacto con ellos y con conductas orientadas a romper el vínculo paterno-filial.
La figura de violencia vicaria fue incorporada al Código Penal de Coahuila en 2023.
El juez fijó un plazo de dos meses para la investigación complementaria, periodo durante el cual la procesada deberá presentar firmas periódicas ante la autoridad judicial, mientras conserva la guarda y custodia de sus hijos por decisión de un juez de lo familiar.


En Sinaloa, la discusión sobre violencia familiar y sus manifestaciones —incluidas figuras jurídicas recientes como la violencia vicaria— forma parte de un contexto más amplio de reformas legales orientadas a la protección de los derechos de menores y la regulación de conflictos familiares. Sin embargo, hasta el momento no se ha reportado un caso similar en la entidad sinaloense, por lo que este precedente en Coahuila puede servir como referencia para operadores jurídicos y autoridades estatales en la región. No puedo confirmar que en Sinaloa exista un caso judicial idéntico al de Coahuila.


La legislación coahuilense, en el artículo 251 del Código Penal, define violencia vicaria como el acto u omisión mediante el cual una persona utiliza como víctimas directas de violencia a hijos u otros dependientes con el propósito de causar daño emocional o físico a otra persona.
Las penas previstas para violencia familiar en esta modalidad van de seis meses a seis años de prisión, con posibles consecuencias adicionales como la pérdida de derechos sobre la víctima, restricciones en el régimen de visitas y medidas de seguridad a criterio judicial.
La defensa de Stella “N” rechazó la imputación y anunció que impugnará la vinculación a proceso, argumentando que se presentó voluntariamente ante la autoridad y que previamente un juez había resuelto no vincularla por falta de elementos.
Organizaciones civiles y colectivos han reaccionado al caso; algunas han mostrado rechazo, calificando la aplicación jurídica como una distorsión del objetivo original de la figura de violencia vicaria.

Cierre informativo
El caso seguirá su curso en el sistema judicial de Coahuila con la fase de investigación complementaria, mientras la defensa utiliza los recursos legales disponibles para cuestionar la vinculación a proceso.

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